La organización administrativa se conforma de ciertos
elementos básicos, sin los cuales la misma no existiría. La existencia y
alcance de dichos elementos, han sido legislativamente tratados en
términos generales, pero además puede establecerse a través de un
estudio detallado de la gran cantidad de normas que regulan la
estructura del Estado, en particular a través de leyes orgánicas. Por
otro lado, al funcionamiento de dichos elementos debe aplicarse el
concepto de competencia, de especial importancia para el ejercicio de la
función administrativa.
El organismo administrativo.

En términos generales, la autonomía que venimos
señalando es variable, puesto que puede involucrar determinados niveles
dependiendo en general de la actividad que se realiza. Como resultado,
el organismo público goza de personalidad jurídica pública , la misma
que le otorga determinadas prerrogativas , conforme la Constitución y
las leyes que correspondan. Finalmente, definimos como organismo
administrativo aquel al cual se ha encargado fundamentalmente el
ejercicio de función administrativa.
Dentro de los organismos públicos existen diversas
modalidades de interés, como pueden ser los organismos constitucionales,
los organismos públicos descentralizados, los ministerios, los
gobiernos locales; cada uno de ellos con sus características propias y
su respectivo régimen de autonomía.

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